Tema 15. La gestión y organización de la asistencia sanitaria
La gestión y organización de la asistencia sanitaria
Estructura territorial: las Áreas de Salud
La Ley General de Sanidad organiza territorialmente cada Servicio de Salud autonómico en Áreas de Salud, demarcaciones que constituyen el marco territorial básico del sistema sanitario, atendiendo a factores geográficos, socioeconómicos, demográficos y de vías de comunicación, con una población de referencia orientativa. Cada Área de Salud se estructura, a su vez, en Zonas Básicas de Salud, marco territorial de la atención primaria, cuyo centro de referencia es el Centro de Salud.
Niveles asistenciales
El sistema se organiza en dos grandes niveles:
- Atención primaria: nivel básico e inicial de atención, que garantiza la globalidad y continuidad de la asistencia a lo largo de la vida, con actividades de promoción de la salud, prevención, curación y rehabilitación, prestada a través de los Centros de Salud y los equipos de atención primaria (medicina de familia, pediatría, enfermería).
- Atención especializada: se presta en los hospitales y centros de especialidades, tanto en régimen de hospitalización como ambulatorio, y garantiza la continuidad de la atención integral al paciente mediante la coordinación con la atención primaria. El hospital constituye el establecimiento encargado de la atención especializada, y actúa a su vez como centro de referencia del Área de Salud.
Órganos de gestión y coordinación del sistema
- Ministerio de Sanidad: ostenta las competencias estatales de bases y coordinación general de la sanidad.
- Servicios de Salud autonómicos: organizaciones que integran todos los centros, servicios y establecimientos de la respectiva Comunidad Autónoma, Diputaciones, Ayuntamientos y otras Administraciones territoriales, bajo la responsabilidad de la Comunidad Autónoma.
- Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud: órgano permanente de coordinación, cooperación, comunicación e información de los Servicios de Salud entre ellos y con la Administración del Estado, que tiene como finalidad promover la cohesión del sistema a través de la garantía efectiva de los derechos de los ciudadanos en todo el territorio.
- Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA): gestiona la asistencia sanitaria en Ceuta y Melilla, no transferida a Comunidad Autónoma alguna.
Formas de gestión y participación privada
Junto a la gestión pública directa, la legislación admite fórmulas de gestión indirecta o de colaboración público-privada (conciertos con centros privados, concesiones administrativas) para complementar la red pública, siempre bajo control y planificación públicos, así como la existencia de un sector sanitario privado paralelo (aseguramiento privado voluntario), compatible con el derecho a la asistencia sanitaria pública.
Ejemplo práctico
Un paciente que necesita una intervención de cirugía cardíaca es derivado desde su Centro de Salud (atención primaria) al hospital de referencia de su Área de Salud (atención especializada), garantizándose la continuidad asistencial mediante la coordinación entre ambos niveles.
Ideas clave
- El territorio se organiza en Áreas de Salud y, dentro de ellas, en Zonas Básicas de Salud con su Centro de Salud de referencia.
- El sistema distingue atención primaria (continuidad y promoción) y atención especializada (hospitalaria).
- El Consejo Interterritorial del SNS coordina los diecisiete Servicios de Salud autonómicos y garantiza la cohesión del sistema.
- Cabe la gestión indirecta y la colaboración público-privada, sin perjuicio de la titularidad y planificación pública del sistema.