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Tema 16. El contenido del derecho a la asistencia sanitaria: la cartera de servicios

Tema 16. El contenido del derecho a la asistencia sanitaria: la cartera de servicios

El contenido del derecho a la asistencia sanitaria: la cartera de servicios

Concepto de cartera de servicios

La cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud es el conjunto de técnicas, tecnologías o procedimientos mediante los que se hacen efectivas las prestaciones sanitarias, entendidas estas como el conjunto de servicios preventivos, diagnósticos, terapéuticos, rehabilitadores y de promoción y mantenimiento de la salud dirigidos a los ciudadanos. Se regula fundamentalmente en la Ley 16/2003, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, y se desarrolla reglamentariamente (destacadamente por el RD 1030/2006, modificado tras el RDL 16/2012 y de nuevo tras el RDL 7/2018).

Clases de cartera de servicios

  • Cartera común básica de servicios asistenciales: comprende todas las actividades asistenciales de prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación que se realicen en centros sanitarios o sociosanitarios, así como el transporte sanitario urgente, cubierta de forma completa por financiación pública.
  • Cartera común suplementaria: incluye prestaciones sujetas a aportación del usuario (copago), como la prestación farmacéutica, ortoprotésica, de productos dietéticos y de transporte sanitario no urgente.
  • Cartera común de servicios accesorios: actividades no esenciales y de carácter auxiliar respecto de las anteriores, sujetas también a un régimen de posible aportación.
  • Cartera de servicios complementaria de las Comunidades Autónomas: prestaciones que cada Comunidad Autónoma puede incorporar, dentro del ámbito de sus competencias, adicionalmente a la cartera común, sin que en ningún caso pueda suponer una merma en el contenido de esta.

Contenido de la cartera común básica

Comprende, entre otras, la atención primaria y especializada, la atención de urgencias, la hospitalización, el apoyo al diagnóstico (laboratorio, radiodiagnóstico), la rehabilitación en caso de incapacidad funcional recuperable, los productos dietéticos en determinadas patologías, el transporte sanitario urgente y la atención a la salud sexual y reproductiva y a la salud mental, esta última coordinada con los servicios sociales.

La prestación farmacéutica

Merece mención especial, dentro de la cartera suplementaria, la prestación farmacéutica: comprende los medicamentos y productos sanitarios necesarios para prevenir, curar o mejorar enfermedades, sujeta a un sistema de aportación del usuario (copago) graduado según la condición del beneficiario (activo, pensionista) y su nivel de renta, con exenciones para determinados colectivos (rentas mínimas, tratamientos crónicos de alto impacto, personas con discapacidad).

Ejemplo práctico

Un paciente pensionista con renta baja que necesita un tratamiento farmacológico crónico se beneficia de un porcentaje de aportación reducido (o exención, según los umbrales vigentes) sobre el precio del medicamento, financiándose el resto con cargo al Sistema Nacional de Salud, dentro de la cartera común suplementaria de servicios.

Ideas clave

  • La cartera de servicios del SNS se estructura en común básica (gratuita), común suplementaria (con aportación), común de servicios accesorios y complementaria autonómica.
  • La cartera común básica cubre la asistencia sanitaria esencial sin aportación del usuario.
  • La cartera complementaria autonómica puede ampliar, pero nunca reducir, el contenido de la cartera común.
  • La prestación farmacéutica se sujeta a un sistema de copago graduado según renta y condición del beneficiario.
Programa oficial: Capítulo II, Lección 6; Ley 16/2003, de cohesión y calidad del SNS; RD 1030/2006.