Saltar al contenido
Tema 1. Concepto y fuentes del Derecho Administrativo

Tema 1. Concepto y fuentes del Derecho Administrativo

Concepto de Derecho Administrativo

El Derecho Administrativo es la rama del Derecho Público que regula la organización, el funcionamiento y la actividad de las Administraciones Públicas, así como sus relaciones con los ciudadanos. A diferencia del Derecho Constitucional (que se centra en la organización del Estado y sus poderes) o de otras ramas de Derecho Público, el Derecho Administrativo se ocupa específicamente del poder ejecutivo en su vertiente administrativa.

Caracteres del Derecho Administrativo

  • Estatutario: regula un estatuto jurídico propio de un sujeto singular, la Administración Pública, dotada de potestades exorbitantes (que un particular no tiene) pero también sometida a deberes y controles específicos.
  • Common law de lo público: actúa, en cierta medida, como Derecho común aplicable con carácter general a la actividad de todas las Administraciones Públicas.
  • Derecho en constante evolución: especialmente sensible a los cambios sociales, económicos y tecnológicos, dada su vocación de regular la satisfacción de necesidades públicas cambiantes.

Fuentes del Derecho Administrativo

Se aplican, con matices propios, las fuentes generales del ordenamiento (ver Civil I.1, tema 3, y Constitucional I): la Constitución, la ley (en sus distintas modalidades), los reglamentos (fuente de especial relevancia cuantitativa en esta materia, dada la amplísima potestad reglamentaria de las Administraciones), los tratados internacionales y el Derecho de la Unión Europea (con particular incidencia en materias como contratación pública o medio ambiente), y, con un papel más limitado, la costumbre y los principios generales del Derecho Administrativo (p. ej., el principio de buena administración, de proporcionalidad, de confianza legítima).

Ejemplo práctico

Cuando un ayuntamiento dicta una ordenanza municipal regulando el uso de las terrazas de hostelería en la vía pública, está ejerciendo la potestad reglamentaria que el ordenamiento le reconoce como Administración Pública: esa ordenanza es una fuente del Derecho Administrativo de rango inferior a la ley, pero directamente vinculante para los hosteleros del municipio, sujeta a los principios y límites generales de la potestad reglamentaria (ver Constitucional I, lección XIV).

Ideas clave

  • El Derecho Administrativo regula la organización, funcionamiento y actividad de las Administraciones Públicas y sus relaciones con los ciudadanos.
  • Es un Derecho estatutario (propio de un sujeto singular, dotado de potestades exorbitantes) y en constante evolución.
  • Fuentes: Constitución, ley, reglamentos (de especial peso cuantitativo), tratados y Derecho de la UE, costumbre y principios generales.
Programa oficial de la asignatura, Tema 1.