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Tema 4. Las Cortes Generales

Caracterización constitucional de las Cortes Generales

Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado (art. 66.1 CE); ejercen la potestad legislativa del Estado, aprueban sus presupuestos, controlan la acción del Gobierno y tienen las demás competencias que les atribuya la Constitución.

Estructura bicameral

Ver Teoría del Estado Constitucional, tema XI: bicameralismo imperfecto o asimétrico, con preeminencia funcional del Congreso sobre el Senado (Cámara de representación territorial, art. 69.1 CE, cuya efectividad práctica como tal es objeto de debate doctrinal).

El sistema electoral de las dos Cámaras

  • Congreso de los Diputados: circunscripción provincial, fórmula proporcional D’Hondt, listas cerradas y bloqueadas (ver Teoría del Estado Constitucional, tema X).
  • Senado: combina una mayoría de senadores elegidos por sufragio universal directo mediante un sistema mayoritario corregido (voto limitado, cada elector vota a un número de candidatos inferior al de puestos a cubrir por circunscripción) con senadores designados por las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas (en proporción a su población), reforzando así, aunque de forma limitada, su vocación de representación territorial.

El estatuto de los parlamentarios

  • Inviolabilidad: los Diputados y Senadores no pueden ser perseguidos por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones.
  • Inmunidad: no pueden ser detenidos salvo en caso de flagrante delito, ni inculpados o procesados sin la previa autorización de la Cámara respectiva (suplicatorio).
  • Aforamiento: en las causas contra ellos, es competente la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
  • Prohibición del mandato imperativo: ver Teoría del Estado Constitucional, tema XII (art. 67.2 CE).

Ejemplo práctico

Un Diputado no puede ser detenido por la policía en el marco de una investigación penal ordinaria (salvo que se le sorprenda cometiendo un delito flagrante), ni un juez puede procesarlo sin que, previamente, el Congreso conceda el suplicatorio autorizando la continuación del procedimiento contra él: esta garantía (inmunidad parlamentaria) no busca proteger al parlamentario como persona particular, sino preservar la independencia funcional de las Cortes Generales frente a posibles instrumentalizaciones espurias de la justicia contra sus miembros.

Ideas clave

  • Las Cortes Generales (Congreso + Senado) representan al pueblo español y ejercen la potestad legislativa, presupuestaria y de control del Gobierno.
  • Sistema electoral distinto en cada Cámara: Congreso (proporcional, D’Hondt) vs. Senado (mayoritario corregido + designación autonómica).
  • Estatuto parlamentario: inviolabilidad (opiniones), inmunidad (detención y procesamiento, con suplicatorio) y aforamiento ante el Tribunal Supremo.
Programa oficial de la asignatura, Tema 4; arts. 66 a 70 CE.