Tema 3. Mercado y Derecho mercantil
El mercado como marco de la actividad mercantil
El Derecho mercantil regula la actuación de los operadores económicos en el mercado, entendido este como el espacio (no necesariamente físico) donde confluyen la oferta y la demanda de bienes y servicios. El mercado presupone la existencia de una pluralidad de operadores que compiten entre sí, y su correcto funcionamiento exige un marco jurídico que garantice tanto la libertad de competencia entre ellos como la corrección de su comportamiento en el tráfico.
El mercado único europeo
España se integra en el mercado interior de la Unión Europea, definido por las cuatro libertades consagradas en los Tratados: libre circulación de mercancías, personas, servicios y capitales. Ello implica que, junto al Derecho mercantil interno español, resulta de aplicación un conjunto creciente de normas de la Unión Europea (Reglamentos y Directivas) que regulan directamente el funcionamiento del mercado único, en materias como la libre competencia, la propiedad industrial (marca de la Unión Europea, patente europea), las sociedades o la protección de los consumidores.
Principios ordenadores del mercado
El correcto funcionamiento del mercado se apoya en dos grandes principios, desarrollados en temas posteriores:
- El principio de libre competencia: los operadores económicos deben poder competir libremente entre sí, sin que se produzcan restricciones (acuerdos colusorios, abusos de posición dominante, concentraciones que obstaculicen la competencia efectiva).
- El principio de corrección en el tráfico económico: la competencia entre los operadores debe desarrollarse conforme a las exigencias de la buena fe, prohibiéndose los actos de competencia desleal.
A ambos principios se suma la protección de la propiedad industrial, que otorga a su titular derechos de exclusiva sobre determinados bienes inmateriales (invenciones, signos distintivos) como incentivo a la innovación y a la inversión en el mercado.
La protección de los consumidores
El estudio de la actuación de los operadores económicos en el mercado exige tener en cuenta la posición de los consumidores y usuarios, parte débil de la relación de consumo, cuya protección constituye un principio transversal del Derecho del mercado (art. 51 CE y normativa de protección de consumidores), que incide en materias como la publicidad, las condiciones generales de la contratación o la competencia desleal.
Ejemplo práctico
Dos empresas competidoras en el sector de la distribución alimentaria pactan fijar precios mínimos de venta al público. Este acuerdo afecta al mercado en un doble plano: de un lado, constituye una restricción de la libre competencia (posible infracción de la normativa de defensa de la competencia); de otro, puede perjudicar a los consumidores, que verán limitada la posibilidad de acceder a precios competitivos.
Ideas clave
- El Derecho mercantil regula la actuación de los operadores económicos en el mercado.
- España se integra en el mercado único de la Unión Europea, lo que multiplica las fuentes normativas aplicables.
- El mercado se ordena conforme a los principios de libre competencia y de corrección en el tráfico económico.
- La protección de los consumidores constituye un principio transversal en la regulación del mercado.